• Licencia instalacion de aparatos a presión: normativas

    Licencia instalacion de aparatos a presión: normativas. El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron con fecha 29 de mayo de 1997 la Directiva 97/23/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre equipos a presión.

    En cumplimiento delas obligaciones derivadas del Tratado de adhesión de España a las Comunidades Europeas, así como lo indicado en el artículo 20 de dicha directiva, es preciso dictar las disposiciones nacionales que contemplen y adapten las previsiones contenidas en la mencionada directiva a la situación española.

    Dado el carácter obligatorio del presente Real Decreto, es necesario derogar las disposiciones del Reglamento de aparatos a presión, aprobado por Real Decreto 1244/1979 de 4 de abril, referentes al diseño, fabricación y evaluación de conformidad, quedando en vigor para aquellos equipos excluidos o no contemplados en el presente Real Decreto y todas aquellas prescripciones que no se refieran estrictamente a los tres campos anteriormente mencionados.

    En su virtud a propuesta del Ministerio de Industria y Energía, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de 7 de mayo de 1999, dispone:

    El presente Real Decreto se aplica al diseño, la fabricación y la evaluación de la conformidad de los equipos a presión y de los conjuntos sometidos a una presión máxima admisible PS superior a 0,5 bar.


    Se entiende por:


    Equipos a presión, los recipientes, tuberías, accesorios de seguridad y accesorios a presión. Se considerará que forman parte de los equipos a presión los elementos fijados a las partes sometidas a presión, como bridas, tubuladuras, acoplamientos, abrazaderas, soportes, orejetas para izar, etc.


    Recipiente, una cubierta diseñada y fabricada para contener fluidos a presión, incluidos los elementos de montaje directo hasta el dispositivo previsto para la conexión con otros equipos. Un recipiente puede constar de más de una cámara.


    Tuberías, los elementos de canalización destinados a la conducción de fluidos, cuando están conectados para integrarse en un sistema a presión. Las tuberías comprenden, en particular, un tubo o un sistema de tubos, los conductos, piezas de ajuste, juntas de expansión, tubos flexibles o, en su caso, otros elementos resistentes a la presión. Se equipararán a las tuberías los carburadores de calor compuestos por tubos y destinados al enfriamiento o el calentamiento de aire.


    Accesorios de seguridad, los dispositivos destinados a la protección de los equipos a presión frente al rebasamiento de los límites admisibles. Estos dispositivos podrán ser:


    Órganos para la limitación directa de la presión, tales como las válvulas de seguridad, los dispositivos de seguridad de discos de rotura, las varillas de pandeo y los dispositivos de seguridad dirigidos (CSPRS).

     

    Órganos limitadores que accionen medios de intervención o produzcan el paro o el paro y el cierre, tales como los presostatos, los interruptores accionados por la temperatura o por el nivel del fluido y los dispositivos de «medida, control y regulación que tengan una función de seguridad (SRMCR)».


    Accesorios a presión, os dispositivos con fines operativos cuya cubierta esté sometida a presión.


    Conjuntos, varios equipos a presión ensamblados por un fabricante de forma que constituyan una instalación funcional.


    Presión, la presión relativa a la presión atmosférica, es decir, la presión manométrica. En consecuencia, el vacío se expresa mediante un valor negativo.


    Presión máxima admisible PS, la presión máxima para la que esté diseñado el equipo, especificada por el fabricante.

    Se definirá en un lugar especificado por el fabricante, que será el lugar de conexión de los dispositivos de protección o de seguridad o la parte superior del equipo o, si ello no fuera adecuado, cualquier otro lugar especificado.


    Temperatura máxima / mínima admisible TS, las temperaturas máxima y mínima para las que esté diseñado el equipo, especificadas por el fabricante.

     


    Volumen V, el volumen interno de una cámara, incluido el volumen de las tubuladuras hasta la primera conexión o soldadura y excluido el volumen de los elementos internos permanentes.


    Diámetro nominal DN, una cifra de identificación del diámetro común a todos los elementos de un sistema de tuberías, exceptuados los elementos indicados por sus diámetros exteriores o por el calibre de la rosca. Será un número redondeado a efectos de referencia, sin relación estricta con las dimensiones de fabricación. Se denominará con las letras DN seguidas de un número.


    Fluidos», los gases, los líquidos y los vapores en fase pura o en mezclas. Un fluido podrá contener una suspensión de sólidos.


    Uniones permanentes, las uniones que sólo pueden separarse por métodos destructivos.


    Aprobación europea de materiales, un documento técnico que define las características de los materiales destinados a una utilización reiterada en la fabricación de equipos a presión, que no sean objeto de normas armonizadas.

     


    Las instalaciones de aparatos a presión están sujetas a la siguiente normativa:


    - REAL DECRETO 769/1999, de 7 de Mayo de 1999, dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, 97/23/CE , relativa a los equipos de presión y modifica el REAL DECRETO 1244/1979, de 4 de Abril de 1979, que aprobó el Reglamento de aparatos a presión. BOE núm. 129 de 31 de mayo de 1999

    - Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos a Presión B.O.E. Nº 128 publicado el 29/5/1979. Corrección de errores: BOE Nº 155 de 28/6/1979

    - Real Decreto 507/1982, de 15 de enero, por el que se modifican los artículos sexto y séptimo del Reglamento de Aparatos a Presión B.O.E. Nº 61 publicado el 12/3/1982. 

    - Real Decreto 1504/1990, de 23 de noviembre, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento de Aparatos a Presión B.O.E. Nº 285 publicado el 28/11/1990. Corrección de errores: BOE Nº 21 de 24/1/1991.

    - EICIS: Real Decreto 1244/1994 de la Comunidad de Madrid (B.O.E. nº 280, de 25 de noviembre de 1994)

    - El Real Decreto 769/1999 se aplica al diseño, la fabricación y la evaluación de la conformidad de los equipos a presión y de los conjuntos sometidos a una presión máxima admisible PS superior a 0,5 bar.

     

     

     

    TRAMITACIÓN


    La Tramitación tiene por objeto la autorización del proyecto de instalación y autorización de la puesta en servicio de la instalación según proyecto con el fin de que se observen las medidas necesarias en orden a la seguridad de las personas y los bienes.

    - Un ejemplar de proyecto firmado por Técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.

    - Presentación de modelo “Solicitud de Registro de Aparatos a Presión” en el que se indican los datos de la empresa instaladora y datos del fabricante.

    - Recibo justificativo de pago de tasas.

     

    Una vez registrada la documentación presentada se la asigna nº de expediente y es revisada por los técnicos del Departamento de Aparatos a Presión de la D.G.I.E.M.


    Si la documentación presentada es correcta y está completa, el Departamento de Aparatos a Presión envía al Técnico escrito en el que se indica el Registro del Proyecto y le comunica que debe aportar Certificado de Dirección Técnica y el Certificado de Pruebas en el lugar de emplazamiento para aquellos aparatos que se instalen con carácter fijo (por duplicado).

    Cuando se revise la documentación anterior y se compruebe que es correcta se remite al técnico un ejemplar del Certificado sellado por la D.G.I.E.M.

     

    DOCUMENTACIÓN: IMPRESOS

     

    1.- Fotocopia de recibo de pago de tasas


    2.- Impreso de solicitud de registro de aparatos a presión


    3.- Relación de Organismos de Control Autorizado para actuar en la Comunidad de Madrid en el campo reglamentario de Instalaciones y Aparatos a Presión


    4.- Certificado Técnico

     

     


     

     

    Compartir en

    Comentarios

    Escribe un comentario

    Nombre (requerido)
    Email (requerido, no será publicado)
    Website (opcional)
    Recordar los datos en este equipo
    He leído y acepto la cláusula de protección de datos.
    Protección de datos